viernes, 7 de octubre de 2016

JUECES PARCIALES, SENTENCIAS NULAS

El reciente caso de apartamiento de jueces del Tribunal Federal Oral de Santiago del Estero es una inobjetable muestra de los errores cometidos por la justicia en los juicios mal llamados de “Lesa Humanidad”.

La pretensión de 3 jueces, ex terroristas 2 de ellos y el restante querellante en varias causas contra los imputados en esos juicios, demostró que el odio y la venganza anidaba en sus corazones y nunca habrían permitido el debido y proceso en la “Megacausa III”. Es lícito sospechar que en otros juicios contra las Fuerzas Armadas y de Seguridad que combatieron el terrorismo en los años ’70, se hayan producido vulneraciones al derecho y esos juicios  estén viciados de nulidad absoluta.

Así como el Consejo de la Magistratura aprobó una resolución que pondrá en marcha una auditoría a las Cámaras Federales Penales de todo el país en las que tramiten causas contra la  corrupción, lo mismo debería hacer y disponer una auditoría a todos los Tribunales y Cámaras Federales Penales que hayan intervenido en los juicios de “Lesa Humanidad”. Existen demasiadas irregularidades que han sido ampliamente denunciadas no solo por los abogados defensores, sino también por organizaciones de abogados, organizaciones que velan por los DDHH de los detenidos y otras organizaciones que luchan para que se aplique el principio de igualdad ante la ley y de una vez por todas se acabe con ese verdadero escarnio público que pone de manifiesto la inseguridad jurídica que reina en la República Argentina.

Sinceramente,

Pacificación Nacional Definitiva
por una Nueva Década en Paz y para Siempre



El justificado apartamiento por parcialidad de tres magistrados a cargo de una causa de lesa humanidad constituye una buena señal

JUEVES 06 DE OCTUBRE DE 2016


Como era de esperar, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, ordenó finalmente apartar a los tres miembros del Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero, María Alicia Noli, José María Pérez Villalobo y Juan María Ramos Padilla, del juicio por presuntos delitos de lesa humanidad en el que intervenían, conocido como "Megacausa III".

La determinación fue adoptada ante la existencia de "dudas razonables acerca de la imparcialidad del tribunal recusado" y frente a la necesidad de "evitar una inusitada privación de justicia".


En el caso de la jueza Noli, la Sala IV sostuvo que existirían elementos de público acceso que permitirían avalar la hipótesis de que la magistrada formó parte del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) y que, al igual que el juez Pérez Villalobo, se habría reunido con algunos de los querellantes sin anoticiar de ello a las defensas. Asimismo, se recordó que la doctora Noli ha sido querellante en causas de lesa humanidad por la desaparición de su marido, ocurrida en el mismo marco histórico que los hechos ventilados en esta causa, lo que pone más que en duda su imparcialidad.

Ramos Padilla querellante serial, pretendió juzgar a Soldados de la Patria

Respecto del juez Ramos Padilla, la Sala IV se hizo eco de los argumentos de las defensas, en el sentido de que ha sido, en tanto representante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), querellante a lo largo y ancho del país en causas en las que se investigan crímenes semejantes a los que se han denunciado en la llamada "Megacausa III".

Está meridianamente claro que la ausencia de imparcialidad debió haber llevado a los tres jueces del Tribunal Oral Federal que habían sido oportunamente recusados sin éxito a inhibirse de actuar en la causa referida, cuyo trámite está ahora obviamente viciado de una nulidad tan manifiesta como insanable.

Cabe recordar que, en esta misma causa, murieron dos de los más de 40 acusados, tanto por su avanzada edad como por su grave estado de salud, que no fue tratado como correspondía.


La sed de venganza pudo haber impulsado a los tres magistrados apartados a mantener una conducta profesionalmente indigna y moralmente perversa. Por ello se abren algunos muy serios interrogantes. ¿En qué otras causas de lesa humanidad intervinieron esos mismos magistrados, notoriamente afectados por su ausencia de imparcialidad? ¿Son sus decisiones en ellas también nulas? ¿Hay otros casos de magistrados con similares antecedentes que, obviándolos, tomaron también decisiones teñidas de parcialidad en temas de lesa humanidad? ¿Cuál es el futuro de los magistrados en cuestión? ¿Pueden seguir integrando, como si nada hubiera pasado, nuestra justicia federal? ¿Hay, de pronto, algún parecido con lo antedicho en la patológica causa AMIA? ¿Existe responsabilidad del Estado por lo que ha ocurrido en Santiago del Estero? ¿Quién asume la responsabilidad que cabe por la deshumanización generada por las detenciones provisorias en una causa que finalmente terminó en la nulidad?

Frente al mundo, lo de los jueces del Tribunal Oral Federal santiagueño, por su notoria enormidad, es escandaloso y mancilla la imagen de la justicia argentina en los juicios de lesa humanidad.

Nadie puede cerrar los ojos ante el verdadero fraude judicial que culminó con la acertada y valiente decisión de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, separando de la causa a los indignos magistrados antes nombrados. Era necesario, pero cabe preguntarse si es ello realmente suficiente. Como lección final, nos queda aquello de que en la perversión, incluyendo la llamada sintónica o conjunta, suele también haber un componente de odio y venganza, ostensible u oculto. Los jueces no pueden, sin ofender a la Justicia, obrar del modo en que lo hicieron los tres magistrados que, como se ha visto, fueron objeto de remoción en la delicada causa en la que actuaban.



NOTA: Las imágenes y destacados no corresponden a la nota original.

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