viernes, 12 de mayo de 2017

ELISA CARRIÓ APOYÓ LA PRISIÓN DOMICILIARIA PARA MAYORES DE 75 AÑOS "HAYAN COMETIDO DELITOS DE LESA HUMANIDAD O NO"

"No creo que responda al derecho humanitario que gente de 80 años esté detenida en cárceles comunes", dijo la diputada nacional

Elisa Carrió:. Foto: Archivo / Fabián Marelli / LA NACION

"No creo que responda al derecho humanitario que gente de 80 años esté detenida en cárceles comunes". La diputada nacional Elisa Carrió aseguró que está "de acuerdo" con que las personas presas mayores de 75[1] años puedan acceder al beneficio de la prisión domiciliaria independientemente del tipo de delito que hayan cometido, "hayan cometido delitos de lesa humanidad o no", precisó.

"Estoy de acuerdo con que las personas mayores de 75 años tengan prisión domiciliaria. No creo que responda al derecho humanitario que gente de 80 años esté detenida en cárceles comunes y no tengan prisión domiciliaria. No me parece que eso sea humanista. Creo que hay que resolver ese tema", sostuvo.

En diálogo con radio Mitre, la líder de la Coalición Cívica pidió "resolver el derecho a la verdad". Se refirió a "las víctimas civiles de la guerrilla".

"Hay que resolver el derecho a la verdad, ya no a la justicia, porque está prescripto, que tienen muchas muchas víctimas civiles de la guerrilla. Los familiares de los soldados de Formosa tienen derecho a saber lo que pasó", aseguró.




[1] La Ley 26.472, sancionada el 17 de diciembre de 2008 y promulgada de Hecho: el 12 de enero de 2009, dice:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 32 de la Ley 24.660, el que quedará redactado de la siguiente manera:

El Juez de ejecución, o juez competente, podrá disponer el cumplimiento de la pena impuesta en detención domiciliaria:

a) Al interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario;

b) Al interno que padezca una enfermedad incurable en período terminal;

c) Al interno discapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel;

d) Al interno mayor de setenta (70) años;
Sigue el texto de la ley…

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